Para el economista José Luis Espert, la mayoría de las empresas alimentó su crecimiento de la mano de la rentabilidad recuperada. Sin embargo, estima que, entre retenciones a las exportaciones y otras decisiones del Gobierno, se expropiaron 65.000 millones de pesos de renta empresaria, con lo cual, dijo, "se corre el riesgo de asfixiar a la gallina de los huevos de oro".
El mayor intervencionismo estatal está visto como uno de los factores que podría limitar el crecimiento del sector privado. El otro, la inseguridad jurídica. Hernando Fortini, socio de PricewaterhouseCoopers, sostiene que es la gran traba que todavía frena a los inversores extranjeros (estadounidenses y europeos).
"Sigue siendo el gran signo de interrogación", afirma. "Todavía estamos muy lejos de recuperar la confianza", coincide el abogado Alberto Navarro Castex, socio del estudio G.Breuer.
En tal sentido, el profesional se refiere a las polémicas normas que emitió la Inspección General de Justicia (IGJ), que apuntan a prohibir la inscripción de sociedades offshore, y al vuelco que tomó la jurisprudencia laboral, luego de que la Corte Suprema reabriera la posibilidad de reclamos civiles, en caso de enfermedades profesionales o accidentes de trabajo, por encima de los montos cubiertos por las ART. Esto generó sobrecostos para las empresas que, en el caso de Renault Argentina, representó una previsión de $ 6,8 millones.
Resoluciones polémicas
Sin embargo, las mayores dudas de los accionistas extranjeros provienen de las resoluciones 7/2003 y 22/2004 de la IGJ, que fijan condiciones para la inscripción de sociedades extranjeras en el país. Dictadas por el actual titular del organismo, Ricardo Nissen, la primera exigió que la empresa tenga una o más sucursales permanentes fuera de la Argentina, sea titular de participaciones en otras sociedades que tengan carácter de activos no corrientes, o posean activos fijos en su lugar de origen. En la segunda, la IGJ reconoce la existencia de "sociedades vehículo", y las exime de cumplir con esos requisitos, si demuestran que pertenecen a un holding. En los considerandos, explicitó que flexibilizaba las condiciones para que la casa matriz, en última instancia, se hiciera responsable por su filial.