Hay varios rubros que no pueden quedar fuera del cálculo de rojo fiscal

La frase parece demasiado simple para englobar un problema tan complejo: "en la Argentina se perdió la sana costumbre de que las estadísticas oficiales concilien los ingresos y los gastos públicos". Pertenece a José Luis Espert, director del estudio Econométrica, quien junto a Mario Tejeiro fue contratado por el FMI para analizar la política fiscal durante la vigencia de la Ley de Convertibilidad.

Con tono docente, Espert le explicó a El Cronista que el déficit fiscal -por definición- es financiado con emisión monetaria o con endeudamiento.

En tanto la convertibilidad inhibe la primera opción, necesariamente el incremento de $ 7.700 millones de deuda pública reconocida oficialmente en 1998 deberían explicarse por el exceso de gastos por sobre los ingresos estatales.
El interrogante se hace más grande cuando se revisan las cifras hacia atrás, según lo consigna el estudio preparado para el Fondo.
Puesto a analizar los ítem que el Gobierno utiliza para explicar la diferencia que existe (ya que sólo se reconocen $ 4.100 millones por este concepto), Espert no ahorró críticas a la metodología empleada por Economía: "Que la capitalización de intereses de títulos públicos no sea considerada déficit público es un error importante".
El economista explicó que el criterio que tiene sentido económico para la inclusión de partidas dentro del gasto público es el de caja.
"Sólo para contadores y abogados puede ser significativo el registro por devengamiento", comentó.

Mientras el subsecretario de financiamiento, Miguel Kiguel, considera que la capitalización de intereses "no afecta la base caja, y por eso no está incluida como déficit", Espert explicó que en tanto la revaluación de la deuda tenga impacto económico, debe ser computada como gasto: "La definición relevante de déficit debe cuantificar la contribución del sector público a la inflación, la tasa de interés y/o el déficit en cuenta corriente, y como el incremento en el valor del título le permite al tenedor liquidarlo, o utilizarlo como garantía, por ejemplo, evidentemente tiene consecuencias económicas", cuestionó.
Por estas mismas razones Espert considera que el reconocimiento de deuda, más allá de cuándo fue originada, debe ser computada como gasto en el período de instrumentación, lo que amplía el cuestionamiento metodológico al equipo económico de Domingo Cavallo, por no haber incluido como gasto viejas deudas a proveedores del Estado y a jubilados, por ejemplo.

En forma estricta, la definición de deuda que debería equipararse con el déficit es "neta de activos financieros". Sin embargo, Espert tampoco coincide con los datos oficiales. "La partida Prefinanciamiento del año 1999 (de $ 1.400 millones) no está incluida en ninguna cuenta oficial, de modo tal que debo asumir que es rojo fiscal", dijo.

A modo de síntesis de su crítica a los números oficiales, Espert planteó que los ingresos públicos tienden a ser inflados, mientras que los gastos son subvaluados.

José Luis Espert

José Luis Espert

Doctor en Economía

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