Un modelo que se está degradando

Como pocas veces ha ocurrido durante la convertibilidad, estamos asistiendo a una gran pérdida de calidad de la política económica. La reforma impositiva agrava el problema externo que estamos teniendo, al afectar de manera negativa relativamente más a los sectores productores de exportables e importables que a los que producen no comerciados.

La reforma laboral es la manera más segura de no crear empleo cuando la economía deje de crecer como ahora y el proyecto para construir 10.000 kilómetros de autopistas constituye una obra faraónica injustificable desde todo punta de vista.

La reforma impositiva

Es claro que, entre muchas distorsiones que todavía existen en nuestra economía, una de las más importantes es el alto costo relativo (al del capital) que tiene la mano obra.
La reforma impositiva que planea el gobierno, tiene que ver con el compromiso asumido en el contexto del Acuerdo de Facilidades Extendidas firmado con el FMI el pasado 4 de Febrero de reducir drásticamente el costo absoluto y relativo (respecto del capital) de contratar mano de obra.

La reducción absoluta del costo laboral se pretende lograr con la reducción en 10 puntos porcentuales en la alícuota nominal de la contribución patronal con fines previsionales y al traspasar el aporte personal al PAMI de 3% para los salarios menores o iguales a $ 1.500 mensuales al empleador (con el insólito efecto de generar por ley una suba del salario de bolsillo). El efecto de ambas medidas es el de reducir el costo laboral un exiguo 3,2% (lo que se reduce 6,5 puntos porcentuales es la “brecha” existente entre el salario de bolsillo del trabajador y el costo de contratar mano de obra a cargo del empleador).

La reducción relativa del costo laboral se la busca a partir de la “pobre” baja absoluta mencionada anteriormente pero, fundamentalmente, a través de un aumento del precio del capital. En particular, lo que realmente se encarece con la reforma impositiva es el costo del financiamiento a través de terceros al crearse un impuesto sobre los intereses que las empresas pagan por la deuda que han tomado.
Adicionalmente, se pretende con esta medida evitar que el sistema impositivo distorsione a favor del financiamiento de un proyecto de inversión con capital de terceros versus con capital propio al no ser deducible del Impuesto a las Ganancias el costo de oportunidad del capital propio.

Desde ya que el costo laboral en la Argentina es alto y que existe una distorsión introducida por el sistema impositivo en contra del financiamiento con fondos propios. El problema es que la política económica no es sólo respetar el “deber ser” sino que las decisiones que surgen de ella deben tener sentido de la oportunidad. Hoy, el gran problema macroeconómico de la Argentina de corto plazo no es la distorsión mencionada sino cómo hacer que una economía que tiene un tipo real de cambio muy apreciado pueda sostener su tasa de crecimiento, o sea, evitar que el desequilibrio externo y el fiscal (cumplimos con las metas con el FMI pero con la “pequeña” diferencia que estamos creciendo casi al doble que en el Acuerdo) sean incompatibles con el ingreso de capitales que podemos sostener.

Dado que en los últimos años el déficit externo se ha multiplicado por 5 y la tasa de crecimiento de las exportaciones se ha dividido por 5, no es buena la performance de la capacidad de repago de la deuda externa que estamos mostrando. Al respecto, es importante tener en cuenta que el “capital golondrina” representa como antes del efecto tequila, más del 50% de los fondos externos que recibimos.

Los sectores de producción relativamente más endeudados con más activos fijos y menos mano de obra son el agropecuario y el industrial, o sea, los dos sectores que producen para exportar y para competir con las importaciones. Entre el impuesto al financiamiento con deuda y la reaparición del Impuesto a los Activos, es claro quiénes serán los que sufrirán al paquete impositivo en un momento donde la sostenibilidad de la situación externa está cuestionada.
Además, no se beneficiarán en nada de la pequeña baja de contribuciones patronales dado que los sectores productores de transables en Argentina demandan poca mano de obra.
En definitiva, el paquete fiscal agrava la situación de déficit externo o lo que es lo mismo aprecia más todavía el tipo real de cambio.

La reforma laboral

En cuanto al mercado laboral, es verdad que el millón de puestos de trabajo que se han generado desde que la economía comenzó a crear empleo en el segundo semestre de 1996 luego del efecto tequila, se debe a la existencia de contratos flexibles y promovidos en un contexto de fuerte crecimiento. Pero también es cierto que esto implica una distorsión al existir un mercado de trabajo “dual” dado que el “stock” de empleados existentes antes del segundo semestre de 1996 estaban y siguen trabajando en un contexto de alta rigidez, poca flexibilidad y alto costo laboral.

Pero la solución no es eliminar como lo propone la reforma laboral enviada por el Ejecutivo al Congreso casi toda la flexibilidad y la promoción para los nuevos empleos sino que la baja del costo laboral y la flexibilidad debe ser extendida al viejo stock de trabajadores. Esto de ninguna manera se logra al pretender el proyecto que si un convenio de rama o empresa no es renovado a su vencimiento, caduca a los 90 días y pasa a aplicarse la convención colectiva de ámbito mayor, con lo cual se aumenta el costo de la renovación para la empresa de manera considerable. Tal como está planteada la reforma laboral no sirve para crear empleo, aumenta los costos empresarios y genera un horizonte altamente conflictivo dentro de las empresas y para la economía en general.

El “Proyecto 10”

La iniciativa del gobierno conocida como “Proyecto 10”, propone la construcción de 10.000 kilómetros de autopistas que los concesionarios en una primera etapa financiarán en su mayoría con deuda que será repagada con el cobro de lo que se llama en el proyecto de ley Tasa Retributiva del Servicio de Autopistas (TRSA), que se aplicará a la compraventa a adquisición a cualquier título en el país de nafta con o sin plomo, gas oil, diesel oil y gas natural comprimido. Las empresas refinadoras serán los agentes de percepción de dicho importe, que a su vez lo ingresarán en propiedad fiduciaria a los bancos fideicomisarios designados por el Poder Ejecutivo en la medida que los concesionarios de las autopistas cedan en garantía fiduciaria de la deuda que tomaron en la etapa de construcción, a los futuros cobros que hagan de la TRSA.

El Proyecto 10 es un verdadero despropósito por varias razones entre las cuales merecen resaltarse las siguientes.

Primero, hay una gran cantidad de proyectos (seguridad, justicia, educación y salud) que tienen un valor social muy superior al de la construcción de autopistas, aunque es cierto que no son tan faraónicos y no permiten ganar elecciones con tanta facilidad como a lo mejor ocurre con la construcción.

Segundo, esta es una manera algo sofisticada de aumentar el gasto público sin intereses que ya lo hizo en un espectacular 120% o u$s 35.000 millones desde el lanzamiento de la convertibilidad y que más de un problema ha causado al bienestar de los argentinos por la alta deuda pública que ha generado y las pésima asignación que tiene.

Tercero, la TRSA, desde el momento en que constituye una detracción de la capacidad de gasto de los consumidores, funciona como un impuesto pero a diferencia de éstos que en general van a Rentas Generales, los fondos de la TRSA serán propiedad de los concesionarios, o sea el Estado crea por ley un impuesto cuyo producido va directamente a la “caja” del que construyó la autopista. No es cierto como dice el proyecto de ley que la TRSA sea equivalente con lo que ocurre con los servicios públicos por dos razones. Una, la provisión de gas, luz, agua y comunicaciones, constituyen un servicio público provisto por manos privadas; en el caso de la TRSA es el Estado que decide gastar más y “privatiza” los recursos que genera el nuevo impuesto. Además, en el Proyecto 10 el concesionario cobra igual aunque nadie pase por la autopista y en general en el caso de los servicios públicos se cobra en función de la prestación realizada.

Cuarto y en forma consistente con el punto anterior, los fondos que provea la TRSA no ingresarán al Tesoro Nacional, ni figurarán en el Presupuesto Nacional. Si esto no viola la Ley de Administración Financiera y Control del Sector Público, por lo menos ataca el más elemental sentido común.

La Nación – Pág. 2 – 7 de Abril de 1998

Nota Original: LA NACIÓN | 07/04/1998

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José Luis Espert

Doctor en Economía

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